jueves, 26 de mayo de 2016

El pleno de Ocotlán aprueba reformas a constitución estatal

Foto: Archivo 
El pleno del cabildo de Ocotlán aprobó el decreto remitido por el Congreso del Estado para realizar la modificación de 13 artículos y el nombre del capítulo primero del título segundo de la Constitución Política de Jalisco. La reforma contiene diversas propuestas que particularmente buscan promover las alternativas de participación ciudadana en los actos o decisiones del ejecutivo del Estado y de los Ayuntamientos municipales.
El Síndico de Ocotlán, Carlos Álvarez Ramírez, comentó que las respectivas modificaciones a la Constitución Política de Jalisco le abre la posibilidad a la ciudadanía para que pueda participar en las decisiones gubernamentales:
“Toda la sociedad organizada tiene el derecho de participar mediante voz en las sesiones que celebremos, por lo menos en seis veces en los Ayuntamientos. Yo creo que es un instrumento jurídico que les viene a abrir las puertas a todos los ciudadanos que quieran participar directamente en la toma de decisiones de los gobiernos”.
Las propuestas de la reforma buscan las alternativas de participación ciudadana, se proyecta una Constitución que reconoce el derecho humano a la participación ciudadana, y resalta la transparencia y la rendición de cuentas de las autoridades tanto estatales como municipales  mediante la implementación de mecanismos de gobierno abierto. Se prevé que haya seis modificaciones específicas en la Constitución de Jalisco: habrá un gobierno abierto, plebiscito, referéndum, iniciativa popular y revocación de mandato.
El gobierno abierto será un instrumento que permite la participación social de toda persona a los procesos de elaboración y evaluación de las políticas públicas; el plebiscito permitirá que los actos o decisiones del ejecutivo del Estado y de los Ayuntamientos se someten a la consideración de la ciudadanía; el referéndum indica que se somete a la consideración de la ciudadanía la abrogación o supererogación de decretos, reglamentos, acuerdos y disposiciones de carácter general expedidas por el Congreso, el Estado o los municipios; mediante la iniciativa popular los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores podrán presentar proyectos ante la autoridad municipal; con la revocación de mandato los ciudadanos podrán decidir que un representante de elección popular concluya anticipadamente el ejercicio del cargo para el que fue electo, siempre y cuando se configuren las causales y se cumplan con los procedimientos establecidos en la ley.
El Alcalde municipal, Paulo Gabriel Hernández, explicó que la revocación de mandato será una razón para que los servidores públicos realicen mejor su trabajo:
“En este caso creo que la gente si por alguna razón considera después de haber pasado la mitad del periodo constitucional de que un servidor público, un funcionario, no está haciendo bien su trabajo probablemente vaya a formar parte de un proceso de evaluación en el que puede ser retirado del cargo, creo que eso a todos nosotros nos invita a entregar el cien por ciento de nuestro esfuerzo con el fin de poder dar mejores resultados a la ciudadanía”.
El decreto plantea que se hará modificaciones a los artículos 2, 4, 6, 9, 11, 12, 28, 34, 47, 70, 78, 84 y el nombre del capítulo primero del título segundo de la Constitución Política del Estado.

Martín Navarro

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